Hipertensión Arterial: Urgencias y emergencias hipertensivas


11.6.- Urgencias y emergencias hipertensivas

Las "crisis hipertensivas" consisten en elevaciones marcadas de
la presión arterial que ocasionan lesión aguda de órganos
diana (encefalopatía, infarto de miocardio, angina inestable,
edema de pulmón, eclampsia, ictus, hemorragias intensas o
disección aórtica) y requieren en ocasiones hospitalización.
Dentro de las crisis hipertensivas se diferencia entre urgencia y
emergencia hipertensiva:
- En la urgencia hipertensiva, la lesión orgánica no compromete
la vida a corto plazo y el tratamiento debe ir enfocado
a disminuir la presión arterial en las siguientes 24 horas.
En estos casos suele ser suficiente la administración del tratamiento
por vía oral, empleándose la mayoría de las veces captopril,
diuréticos potentes como la furosemida y el amlodipino.
- Se denomina emergencia hipertensiva a la elevación de
la presión arterial que ocasiona un daño orgánico y compromiso
vital a corto plazo que obliga a disminuir la presión arterial
en menos de una hora. En estos casos, es necesaria la
hospitalización del paciente y la administración de tratamiento
por vía intravenosa, siendo los fármacos habitualmente
empleados el nitroprusiato (MIR 02, 48), la nitroglicerina, el
labetalol, la furosemida y el urapidil. Cuando el paciente ya se
encuentra en condiciones clínicas aceptables se deberá iniciar
el tratamiento antihipertensivo por vía oral (MIR 98F, 93).